El Consejo de Administración puede convocar Asambleas Generales Ordinarias, Extraordinarias y Especiales de Accionistas, y para ejecutar sus resoluciones.
Las Asambleas de Accionistas podrán ser Generales o Especiales, y las Asambleas Generales podrán ser Ordinarias o Extraordinarias.
Las Asambleas Generales Extraordinarias son aquellas convocadas para considerar algún aspecto especificado en el artículo 182 de la LGSM.
Todas las demás Asambleas de Accionistas serán Ordinarias.
Las Asamblea Generales Ordinarias de Accionistas serán celebradas por lo menos una vez cada año, en los cuatro meses posteriores al cierre de cada ejercicio social.